
El ACA marcó la cancha: competencias no fiscalizadas por la CDA ya no serán reconocidas
La Resolución 207/2025 refuerza al ACA como único ente válido. La ACTC, en offside legal pese a su peso mediático. ¿Y ahora?
La puja por el control del automovilismo argentino sumó este 15 de julio un nuevo capítulo institucional que promete encender el conflicto entre el Automóvil Club Argentino (ACA) y la Asociación Corredores Turismo Carretera (ACTC). La entrada en vigencia de la Resolución 207/2025, dictada por la Vicejefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, no solo formaliza al ACA como única Autoridad Deportiva Nacional, sino que también lanza un mensaje de hierro: toda competencia que no sea fiscalizada y licenciada por la Comisión Deportiva Automovilística queda fuera del sistema legal y deportivo reconocido.
El comunicado, firmado por Eduardo Baca, presidente de la CDA, no deja lugar a dobles interpretaciones: “Toda competencia automovilística que aspire a tener validez nacional o internacional deberá realizarse bajo la fiscalización y el licenciamiento del ACA, quedando fuera de este marco cualquier actividad que no cumpla con los requisitos establecidos”.

En otras palabras, el ACA puso en blanco sobre negro el límite de la cancha, y eso tiene un claro destinatario: la ACTC, que desde hace años actúa como ente organizador, fiscalizador y regulador de sus propios campeonatos, incluyendo el Turismo Carretera, el TC Pista y otras categorías bajo su órbita.
EN LOS PAPELES, LA ACTC ESTÁ EN FALTA
El comunicado del ACA no solo ratifica su potestad legal como entidad reconocida por la FIA y ahora también por el Estado argentino, sino que expone una contradicción jurídica e histórica: en los papeles, la ACTC es la entidad que está en falta. Al desconocer públicamente el rol del ACA como ADN, está ignorando el Código Deportivo Internacional de la Federación Internacional del Automóvil, el mismo que la propia ACTC había aceptado y firmado en 2001, en un documento en el que reconocía al ACA como el único ente con potestad de licenciar, fiscalizar y homologar competencias automovilísticas en Argentina.

Es decir, no se trata solo de un conflicto de poder político o de representación simbólica, sino de un desacato a un marco normativo internacional que le da al ACA la exclusiva representación ante la FIA, y por lo tanto, el control reglamentario sobre la validez y seguridad de las competencias.
¿Y AHORA QUÉ?
La entrada en vigencia de la Resolución 207/2025 no es simplemente un acto administrativo: es una jugada estratégica que redefine las reglas del juego, al menos en el plano legal. En un automovilismo argentino que funciona hace años con estructuras paralelas -una avalada por la FIA y otra por la fuerza de su historia y su audiencia-, este gesto del ACA busca recuperar centralidad, autoridad y control.
La ACTC, por su parte, deberá decidir si sigue su camino sin mirar atrás o si se planta ante un escenario en el que podría empezar a pagar costos fuera de pista. Y esos costos no son simbólicos: son licencias, seguros, habilitaciones, acuerdos.
El automovilismo argentino se acostumbró a convivir con esta dualidad, pero las señales del presente son claras: el Estado y la FIA volvieron a mirar al ACA como único interlocutor válido. Ahora falta ver si eso alcanza para que el resto del ecosistema se alinee… o si estamos frente a una nueva era de tensión, con dos modelos de conducción que ya no pueden disimular sus diferencias. Porque en definitiva, el automovilismo también se juega en los escritorios…
EL COMUNICADO DE PRENSA DEL AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO
Hoy, 15 de julio se cumplen los plazos previstos para la entrada en vigencia de la Resolución N° 207/2025, dictada por la Vicejefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que reconoce al Automóvil Club Argentino (ACA), a través de su Comisión Deportiva Automovilística (CDA), como la única Autoridad Deportiva Nacional para el automovilismo deportivo en todo el territorio argentino, conforme a los principios del Código Deportivo Internacional de la Federación Internacional del Automóvil (FIA).
Este reconocimiento oficial reafirma la facultad exclusiva del ACA para fiscalizar, organizar, licenciar y homologar toda actividad automovilística deportiva, asegurando que las competencias se desarrollen bajo estándares internacionales de seguridad, integridad deportiva y respeto a la normativa vigente. Esta función incluye la salvaguarda, la seguridad de los pilotos, los equipos, los autódromos y, especialmente, del público, garantizando condiciones adecuadas para todos los actores involucrados.
A partir de la plena vigencia de esta Resolución, toda competencia automovilística que aspire a tener validez nacional o internacional deberá realizarse bajo la fiscalización y el licenciamiento del ACA, quedando fuera de este marco cualquier actividad que no cumpla con los requisitos establecidos.
Reafirmamos nuestro compromiso con un automovilismo responsable, transparente y sostenible, alineado a la FIA y al reconocimiento pleno del Estado Nacional.
Sres